Publicación de las Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Residenciales y Hoteleros

6 de enero de 2017 por
Domonetio

Se ha publicado la Resolución del Consejo de Administración para la Diversificación y Ahorro de la Energía del 25 de junio de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria del programa de ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes del Sector Residencial (viviendas y hoteles).


Este programa contempla dos tipos de ayudas:

  1.  Entrega dineraria sin contraprestación (30% del coste, máximo 3.000€ por vivienda)
  2.  Préstamos reembolsables a 12 años con un tipo de interés: Euribor + 0% (entre el 60-90% del coste,  con un máximo de 6.000€ por vivienda)

Las ayudas se destinarán a actuaciones integrales (no una o varias viviendas o locales) en edificios existentes (anteriores a 2013): residenciales y hoteleros, que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética, el aprovechamiento de las energías renovables; y que consigan mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), mediante una o más de las siguientes actuaciones:

  1.  Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, en su conjunto o en alguno de los elementos que la componen.
  2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

Se entiende por instalaciones térmicas las instalaciones de calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas.


Los costes subvencionables son los siguientes:

  • El coste de la obras aprobadas para la actuación de mejora
  • Los honorarios de los profesionales de emisión del Certificado de eficiencia Energética
  • Costes del proyecto y dirección de obras.
  • No son subvencionables los gastos de licencias, tasas impuestos o tributos

El período de aplicación de estas ayudas comprende desde el 2 de octubre de 2013 hasta el 30 de octubre de 2015 y pueden ser solicitadas por propietarios, comunidades o mancomunidades de vecinos y empresas de servicios energéticos.

El formulario para realizar la solicitud de participación en este programa de ayudas se encuentra en la dirección de internet del IDAE (www.idae.es).

Domonetio 6 de enero de 2017
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