Ayudas para proyectos que contemplen eficiencia energética

6 de enero de 2017 por
Domonetio

Eficiencia energéticaCATALUÑA: a través del ICAEN, Instituto Catalán de Energía

  1. Mejora de la eficiencia energética en la iluminación interior y en fachadas de edificios existentes. La cuantía máxima será 22% del coste elegible. El importe máximo subvención para un solo beneficiario no superará los 10.000 euros por un edificio de viviendas o los 50.000 euros para un edificio destinado a otros usos.
  2. Mejora de la eficiencia energética del iluminado exterior existente. Con carácter general la cuantía será de un 40% del coste elegible.
  3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas en edificios existentes. Con carácter general la cuantía será de un 22% del coste elegible. En el caso de sistemas de control, contabilización y telegestión de la energía, la subvención será de un 35% del coste elegible. Los importes máximos serán de 10.000 euros por vivienda unifamiliar, 200.000 euros por edificio de viviendas, y 200.000 euros por edificios destinados a otros usos o para redes de distrito.

    El termino de presentación de solicitudes, finaliza el 6 de noviembre. Para más información, pueden llamar al 93 622 05 00, o consultar la web del ICAEN:

    http://www20.gencat.cat/portal/site/icaen/menuitem.22da170691e506ffc644968bb0c0e1a0/?vgnextoid=afb62744357c3210VgnVCM1000008d0c1e0aRCRD&vgnextchannel=afb62744357c3210VgnVCM1000008d0c1e0aRCRD&vgnextfmt=default&codInf=8735&action=consultar

    Si están interesados en alguna subvención y necesitan ayuda con la traducción, no duden en consultarnos.

PAÍS VASCO: a través del EVE, Ente Vasco de la Energía

  1. Mejora de la Eficiencia Energética de las Instalaciones Térmicas de los Edificios Existentes.
    Reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas existentes de los edificios. Y de las nuevas instalaciones de sistemas centralizados que den servicio a varios edificios o áreas urbanas, así como la reforma y ampliación de las existentes.
    Las actuaciones energéticas consideradas dentro de esta medida serán aquellas que consigan una reducción anual al menos del 20% del consumo de energía, como:
  • Sustitución de equipos de producción de calor y frío por otros de mayor rendimiento.
  • Sustitución de equipos de movimiento de los fluidos portadores.
  • Sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire.
  • Sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones.
  • Nuevas instalaciones de sistemas centralizados de calefacción y refrigeración urbana o de distrito o que den servicio a varios edificios, así como la reforma y ampliación de las existentes.
  • Sistemas necesarios para implantar una contabilización y telegestión del consumo de energía, como las que establece el RITE. Así como equipos de medida dirigidos a la contratación de servicios energéticos.

    De forma general, la cuantía máxima de la ayuda será hasta el 22% del coste elegible. No obstante, en proyectos que incorporen equipos con la máxima categoría de etiquetado energético la cuantía máxima de la ayuda será del 30%. En el caso de las instalaciones de sistemas de calefacción y refrigeración de barrio o que den servicio a varios edificios la cuantía máxima será del 22% del coste elegible.
  1. Mejora de la Eficiencia Energética de las instalaciones de Iluminación Interior en los Edificios Existentes

    Reducir el consumo de energía de las instalaciones de iluminación interior existentes, promoviendo inversiones en sustitución de equipos e instalaciones consumidores de energía eléctrica por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo energético en la iluminación interior de los edificios.

    Con carácter general la cuantía máxima de la ayuda será del 22% del coste elegible con un máximo de 10.000 € por edificio de viviendas en bloque, y 50.000 € por edificio destinado a otros usos (no vivienda).

    El plazo de recepción de solicitudes finaliza el 30 de noviembre de 2009 o agotamiento de fondos.

    Se podrán acoger a las presentes ayudas actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2009 al 31 de julio de 2010.

    Más información en el teléfono 94 403 56 00 / 24 ó en el e-mail [email protected]
    http://www.eve.es/ayudas_publicas2009/cas/ayudasDestinatarios.aspx
Domonetio 6 de enero de 2017
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